OBLIGATORIO: COMERCIOS Y PROFESIONALES deberán ACEPTAR TARJETAS de DEBITO & CREDITO como Medios de Pago

Todos los comercios, profesionales, centros de salud, culturales o de entretenimiento tendrán que cumplir con la obligación de aceptar tarjeta de débito para sus operaciones, en un proceso que comenzará en abril y cuya última etapa culminará en marzo de 2018, con la incorporación de las categorías más bajas de Monotributistas, anunció la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

El titular de la dependencia oficial, Alberto Abad, afirmó que esta medidabusca cumplir con la ley y permitirá hacer efectivo los beneficios de descuentos para jubilados, pensionados y beneficiarios de planes sociales que paguen a través de tarjeta de débito”.

En el marco de una rueda de prensa que tuvo lugar en la sede del organismo, Abad señaló que previo a la puesta en marcha de la medida se dialogó con todas las cámaras empresarias, como CAME, CAC y supermercados chinos, para llegar a un acuerdo y aplicar esta Ley que data del 2001.

La nueva obligación se oficializó a través de la resolución general 3997 publicada en el Boletín Oficial.

CRONOGRAMA


La resolución da cuenta del siguiente cronograma:

-A partir del 30 de abril próximo, todos los contribuyentes inscriptos ante el I.V.A. titulares de comercios, mayoristas o minoristas, hoteles y restaurantes, con ingresos mayores o iguales a $4 millones facturados en el período fiscal 2015 deberán contar con el sistema posnet para facturar sus operaciones con tarjeta de débito.

-Quienes hayan facturado entre $1 y $4 millones, lo deberán hacer a partir de mayo.

-En tanto que aquellos comercios y establecimientos que registraron montos menores, lo tendrán que hacer a partir del 30 de junio.

En paralelo, para los profesionales, centros de salud, de cultura, deportes y de entretenimientos, regirá el siguiente cronograma:

-Tendrán que usar el sistema posnet a partir del 31 de julio en los casos que la facturación haya superado los $4 millones en el período fiscal 2015.

-En tanto, a partir del 31 de agosto comenzará a correr el plazo para quienes facturaron entre $1 y $4 millones.

-Finalmente, el 30 de septiembre para los que facturaron menos de $1 millón.

El resto de los contribuyentes, siempre con la escala de ingresos antedicha, deberán utilizar el sistema posnet a partir del 31 de octubre, 30 de noviembre, y 31 de diciembre, respectivamente.

MONOTRIBUTISTAS ALCANZADOS

Los contribuyentes del régimen de Monotributo, suelen tener algunos privilegios a la hora de la implementación de procedimientos de este tipo. Sin embargo, esta vez también deberán utilizar posnet de manera obligatoria los Monotributistas productores de bienes y venta de productos, con categorías desde la F y hasta la K inclusive a partir del 31 de diciembre, y desde las categorías A hasta la E a partir del 31 de marzo del año próximo.

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