SUBSIDIO A MONOTRIBUTISTAS, EMPLEADOS DOMESTICOS Y TRABAJADORES INFORMALES



En virtud de la Emergencia sanitaria creada por el Coronavirus (COVID19). El P.E.N. emitió un DNU 310/2020 creando el Ingreso Familiar de Emergencia de $10.000 que impactará en 3,6 millones de trabajadores.
Los beneficiarios de este subsidio será para personas que estén:

  • Desempleados
  • Trabajen de manera informal (personas que hagan "changas" por ej.)
  • Trabajadores monotributistas de las categorías "A" y "B" (No importa su actividad, va desde profesionales hasta comerciantes, o prestadores de servicios) o
  • Monotributistas sociales
  • Trabajadores de casas particulares (Empleados Domésticos en blanco o no)


Requisitos


1) Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a dos años.
2) Tener entre 18 y 65 años de edad.

Condiciones para ser beneficiario


Las personas que reúnan los siguientes requisitos podrán acceder al IFE siempre que él o algún miembro de su grupo familiar no perciban ingresos provenientes de:

a) de un trabajo en relación de dependencia (público o privado)
b) de ser monotributista de categoría "C" o superior o del régimen de autónomos
c) Quienes estén cobrando el Fondo de Desempleo
d) de jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
e) de planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potencia Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales a excepción de los de la AUH o Embarazo.


Limitaciones Patrimoniales o socioeconómicas

La instrumentación del decreto presidencial está a cargo del Ministro de Trabajo, Claudio Moroni y del Director de la ANSeS, Alejandro Vanoli. Ambos aclararon que un requisito es no tener un patrimonio importante, “similar al que se instauró para la Prestación Universal al Adulto Mayor” ni tener renta financiera”.
En síntesis, aunque la persona sea monotributista de las categorias "A" o "B", si supera cierto patrimonio no se le otorgará el I.F.E.

Parámetros para saber sí quedas fuera de la percepción


  • Tener un Patrimonio superior a $1.620.000 según DDJJ Bienes Personales
  • Ser titular de automotores informados por la D.N.R.P.A por un monto igual o superior a $607.500
  • Tenencia de aviones, sin topes.
  • Tenencia de embarcaciones, tope 9 metros de eslora.
  • Gastos y consumos con tarjetas de crédito y/débito igual o superior a $23.625 mensuales



Pago Unico


La IFE se abonará por única vez en el mes de Abril, sí bien podrá ser prorrogada en caso de ser necesario. Este beneficio, excepcional y por única vez se otorgará tras realizar evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales.

Instrumentación del Pago


Todos los beneficiarios cobrarán esta ayuda a través de su CBU. Sí el beneficiario ya está percibiendo la A.U.H. u otra asignación, la recibirá en la misma CBU declarada previamente.
En caso que no esté empadronado, al momento de la inscripción deberá suministrar su CBU para percibir dicho subsidio.
En caso que las personas que no tengan cuentas bancarias se dispondrán mecanismos alternativos de pago a través del Banco Nación, billeteras electrónicas o Correo Argentino.


¿Como se realiza el trámite?


Deberá ser solicitado ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) que pondrá a disposición de todas las personas interesadas, en los primeros dias de abril.
Para poder solicitar el IFE no hará falta concurrir a las oficinas o UDAI de la ANSeS, ya que el aplicativo se podrá encontrar en la página web del organismo previsional y llenar los datos que le sean requeridos a los solicitantes a partir del 3 de abril.

Se estima que la fecha de pago será a partir del 15 de abril.

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