FACTURA ELECTRONICA para MONOTRIBUTISTAS


A través de la R.G. 3067/2011 de Afip, arranca el régimen de Factura Electrónica para responsables Monotributistas.
Si bien hasta el momento eran sujetos de emisión los contribuyentes que superan los $50.000 mensuales. A partir del 1° de mayo la obligación alcanzará a:

* Los monotributistas profesionales que facturen entre $10.000 y $16.667 al mes.
* Los pequeños contribuyentes que realicen otras actividades, con ingresos mensuales que se ubiquen entre $10.000 y 25.000 pesos.
(categorías desde la H hasta la L ambas inclusive)

Sujetos Exceptuados
Quedan excluidos de cumplimentar con este régimen especial en los siguientes casos:
Sujetos que deban cambiar su condición de Monotributista (adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes), por la de responsable inscripto en el impuesto al valor agregado, a partir de la fecha en que el responsable comience a actuar en este último carácter.
Sujetos que se encuentren exceptuados de emitir comprobantes conforme a las situaciones especiales y/o actividad de acuerdo con lo previsto en el Artículo 23, en el Apartado A del Anexo I y en el Apartado B del Anexo IV, de la Resolución General Nº 1415, sus modificatorias y complementarias.

Emisión de Comprobantes
Para la emisión de comprobantes electrónicos, deberán solicitar la autorización de emisión, a partir del 01/05/2011, mediante alguna de las siguientes alternativas:
*El intercambio de información del servicio “web”.
*El servicio denominado “Comprobantes en línea” para lo cual se deberá contar con “Clave Fiscal”.
Los puntos de venta generados mediante el Servicio Web y el denominado “Comprobantes en línea” deberán ser distintos entre sí.

Ante cualquier duda, consulte a su Contador Público de confianza.
Cdor. Daniel López Pereyra

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