El Peligro del “Enanismo Fiscal”


El enanismo fiscal es un término para definir aquellos contribuyentes que poseen ingresos muy superiores a los declarados ante el fisco, sin embargo tributan entre las categorías más bajas de Monotributo, o aún peor, ya deberían haber salido del Régimen simplificado, sin embargo continúan haciendo uso del mismo para evitar caer en la complejidad de las liquidaciones impositivas o bien no pagar los impuestos que le correspondería pagar.
Con ese fin, la A.F.I.P. ya comenzó a realizar las tareas de inteligencia fiscal que se traducirán en el envío de nuevas intimaciones a los monotributistas que utilizan el régimen simplificado para "evadir" impuestos.
En efecto, en enero vencen dos obligaciones que le permitirán al fisco nacional contar con elementos claves para luchar contra el "enanismo" fiscal.
En primer término, vencerá el plazo para la correspondiente recategorización cuatrimestral. El tramite consiste en actualizar su situación tributaria y el pago mensual respectivo en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad que realizan, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados durante este año.
Complementariamente, el último día del mes próximo, los pequeños contribuyentes que ganan más de $6.000 mensuales deberán informar la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados durante el último cuatrimestre de este año.
Los datos presentados serán cruzados con indicadores de situación fiscal que la AFIP posee en su base de datos sobre los distintos monotributistas. Entre ellos se destacan:
• Consumos en tarjetas de crédito y débito.
• Movimientos bancarios.
• Declaraciones patrimoniales.
• Pago de cuotas de colegios privados.
• Inversiones en fideicomisos.
Si del análisis surgieran marcadas inconsistencias, el fisco enviará las tan temidas intimaciones.
Ello implicará que los contribuyentes excluidos del Régimen de Monotributo deban pasar a la categoría de “Responsable Inscripto” frente al I.V.A., presentar mensualmente sus declaraciones juradas de Impuestos, afrontar el pago de Autónomos, que es mucho más caro que la cuota de Monotributo; presentar su DDJJ de Ganancias y, en caso de corresponder, cambiar su sistema de Facturación.
Cdor. Daniel López Pereyra

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