ARBA: EL DOMICILIO ELECTRONICO Y SU VALIDEZ

ARBA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires) estableció, a través de la Resolución Normativa 07/2014, para todos los contribuyentes en el Impuesto a los Ingresos Brutos y los agentes de recaudación el domicilio fiscal electrónico.

Esta nueva herramienta será de uso obligatorio, allí la Agencia remitirá avisos, citaciones, intimaciones,
notificaciones y/o comunicaciones en general
. Las mismas permanecerán disponibles en el sitio web por un máximo de 180 días desde su perfeccionamiento, superado dicho lapso las mismas serán removidas.

La constitución del domicilio fiscal electrónico no quita a los contribuyentes la obligación de denunciar el domicilio fiscal físico, establecido en el art. 32 C.Fiscal. Ley 10.397.

El domicilio fiscal electrónico gozará de plena validez y eficacia jurídica y producirá en el ámbito administrativo los efectos del domicilio fiscal constituido.

Todos los contribuyentes de los régimenes anteriormente mencionados deben ingresar a sitio web de ARBA www.arba.gov.ar con su número de CUIT y su clave CIT, y confirmar el domicilio fiscal electrónico a partir del 15 de marzo de 2014, so pena de ser sancionados con multas, sí no lo hicieren.

Ante cualquier duda, consulte con su contador público de confianza.
Cdor. Daniel López Pereyra


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