IMPUESTO A LAS GANANCIAS 2023 EMPLEADOS EN RELACION DE DEPENDENCIA

 



Desde el 1° de Enero de 2023 rigen los nuevos topes para ser sujeto del impuesto a las ganancias de 4° Categoría.  (Empleados en relación de dependencia)

Aquellos sujetos cuyo sueldo bruto sea igual o superior a $404.062 será pasible del impuesto.

La ley preveé una deducción incrementada a partir de los $404.062 y hasta el tope de $466.017. La misma deberá ser aplicada por el agente de retención. Lo que llevará el monto imponible a "0", en dichos casos.


¿Qué pasa cuando se supera dicho monto? 

La pregunta recurrente es "como hago para que me cobren menos impuesto a las ganancias...

Bien, en los últimos 3 años conseguir deducir algo del impuesto se viene haciendo cada día más difícil. Sin embargo, algo han dejado aún... 


Un último detalle antes de entrar en el detalle de las deducciones. Es realmente vergonzoso que haya ciertos conceptos cuyo tope deducible no se actualiza desde 2019. Por ej. los gastos de sepelio siguen siendo $996. Indignante.

Deducciones personales



Deducciones generales

Cuotas médico – asistenciales

Se podrán deducir los cargos por medicina prepaga, aportes complementarios a obras sociales, tanto del trabajador, como de su grupo familiar directo, en tanto estén declarados como cargas de familia.

El tope es del 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada. 


¿Qué significa esto? 

A fin del ejercicio fiscal (año calendario) se podrá determinar cual es el importe de la ganancia neta, y sobre eso se aplica ese 5% de tope deducible.



Donaciones

Se pueden deducir las donaciones hechas a los fiscos nacionales, provinciales y municipales, a las instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles, siempre que estén reconocidas por la AFIP como exentas del impuesto a las ganancias.

Las donaciones pueden realizarse en efectivo o en especie. Cuando se hagan en efectivo deberán bancarizarse, es decir que la donación tendrá que hacerse mediante depósito, giro o transferencia bancaria, cajero automático, débito automático en cuenta o en tarjeta de crédito. 

La deducción se podrá realizar hasta el límite del 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada.


Intereses por Préstamos Hipotecarios

Llamativamente esta deducción no se actualiza desde 2021, ya durante 2022 se aplicó el mismo tope, cuando la inflación llegó al 100%. 

El tope a deducir corresponde a los intereses de créditos hipotecarios para la compra o construcción de inmuebles destinados a casa-habitación, hasta el importe de $20.000 anuales.


Gastos de Sepelio

Los gastos de sepelio pueden deducirse cuando ocurran en el país y se originen en el fallecimiento del empleado o de alguna de las personas informadas como carga de familia, hasta el tope de $ 996,23.*

* No se actualiza desde 2019


Alquileres

La deducción del alquiler resulta importante para aquellos personas que no pueden acceder a la casa propia, y se ven obligados a alquilar una vivienda. 

El problema con el que se topan la mayoría de los inquilinos es la negativa de los propietarios a entregar recibo oficial. 

Enfocándonos a la parte técnica, de los alquileres es deducible hasta el 40% de tu vivienda, siempre que ese monto no supere el mínimo no imponible detallado a continuación para cada período y que no seas titular de un inmueble en ningún porcentaje.

Para poder deducir el alquiler es requisito contar con la factura o documento equivalente emitido por el locador, por el monto abonado.

Quien vaya a deducirse este concepto deberá remitir una copia del contrato de alquiler en formato .pdf a través del servicio con clave fiscal SiRADIG-Trabajador. Esto deberá hacerlo la primera vez que vaya a computar la deducción y con cada renovación de contrato.

El tope anual de esta deducción para 2023 $451.683,19


Casas Particulares

Las personas que tengan personal de casas particulares a su cargo pueden deducir la remuneración y las contribuciones patronales abonadas.

El tope deducible para el año 2023 es de $451.683,19


Primas que cubran el riesgo de muerte y primas de ahorro

Correspondientes a seguros mixtos, excepto para los casos de seguros de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación, en los cuales serán deducibles tanto las primas que cubran el riesgo de muerte como las primas de ahorro.

La deducción solo se practicará hasta alcanzar el tope que para cada año se detalla a continuación:

AÑO TOPE

2021 24.000*

* No se actualiza desde 2021


Aportes correspondientes a los planes de seguro de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación

La deducción solo se practicará hasta alcanzar el tope que para cada período se detalla a continuación:


AÑO TOPE

2021 24.000*

* No se actualiza desde 2021


Primas de seguro para el caso de muerte

Podés deducir lo que abones por seguros de vida. En el caso de seguros mixtos, solo podés deducir la parte que cubre el riesgo de muerte, excepto para los casos de seguros de retiro privado administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros.

Esta deducción solo se practicará hasta alcanzar el tope que para cada año se detalla a continuación:

AÑO TOPE

2021 24.000*


Corredores y viajantes de comercio

Cuando utilicen auto propio podrán deducir la amortización impositiva del rodado y, en su caso, los intereses por deudas relativas a la adquisición del mismo.

En el supuesto de que el rodado se destine, en parte, al uso particular u otros, deberá indicarse la proporción de tales conceptos que corresponda afectar a la actividad de corredor o viajante de comercio.


Honorarios correspondientes a los servicios de asistencia sanitaria, médica y paramédica

Hospitalización en clínicas, sanatorios y establecimientos similares.

Prestaciones accesorias de la hospitalización.

Servicios prestados por los médicos en todas sus especialidades.

Servicios prestados por los bioquímicos, odontólogos, kinesiólogos, fonoaudiólogos, psicólogos, etc.

Servicios prestados por los técnicos auxiliares de la medicina.

Todos los demás servicios relacionados con la asistencia, incluyendo el transporte de heridos y enfermos en ambulancias o vehículos especiales.


Deducciones ingresadas por el empleador

Cuando se vinculen con lo que pague el empleador que actúe como agente de retención el empleado quedará exceptuado de informarlas, ya que lo hará el empleador.

Aportes para fondos de jubilaciones, retiros, pensiones o subsidios, siempre que se destinen a la ANSES o a cajas provinciales o municipales - incluidas las cajas de previsión para profesionales-, o estén comprendidos en el SIPA.

Descuentos con destino a obras sociales del empleado y de las personas declaradas como cargas de familia. También las cuotas sindicales correspondientes a las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de los afiliados y a las contribuciones de solidaridad pactadas.

Importes que correspondan a descuentos obligatorios establecidos por leyes nacionales, provinciales o municipales.

Aportes efectuados a cajas complementarias de previsión, fondos compensadores de previsión o similares, creados por leyes nacionales, provinciales o municipales, convenciones colectivas de trabajo o convenios de corresponsabilidad gremial y todo otro aporte destinado a la obtención de una prestación del tipo previsional que sea obligatorio para el empleado.

Gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas abonados por el empleador, en los importes que fije el convenio colectivo de trabajo correspondiente a la actividad de que se trate o, de no estar estipulados por convenio, los efectivamente liquidados en el recibo de sueldo o constancia. Este último concepto tiene ciertos topes que deben consultarse en su oportunidad.

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